MEDIANDO
ENTRE SOCIOS
La principal causa de mortandad
de las empresas son las desavenencias entre socios que en periodos de dificultad afloran con mayor virulencia. En esos
momentos es importante mantener la cabeza fría y los ojos puestos en los
resultados. Recordar el compromiso adquirido con esa otra persona y valorar el
esfuerzo realizado hasta ese momento. No tirarlo todo por la borda ante el
primer obstáculo.
Ejemplos
de las difíciles relaciones que en ocasiones se mantienen los socios y a la vez
compañeros de trabajo, se producen por celos profesionales, conflictos de
intereses, guerras de poder o viejas rencillas que provocan que los pares no
siempre vean en su colega a un aliado.
Es
esencial por tanto aclarar de antemano que se espera de cada uno de los socios,
definir las responsabilidades y valorar las aportaciones respectivas. Establecer normas y líneas de actuación
claras para evitar que uno se inmiscuya en el trabajo del otro.
Precisamente,
una de las relaciones laborales más estrechas y delicadas es la que forman los
socios de una empresa. Muchos de estos problemas parten de la dificultad para relacionarse de una forma efectiva y saludable. No es
costumbre que nos enseñen cosas tan elementales como comunicarnos sin hacer
daño, pensar de forma crético-constructiva o resolver problemas con agilidad y
visión de perspectiva, por ello es necesaria en ocasiones la intervención de un
mediador profesional
Pues
bien, para prevenir cualquier imprevisto
que pudiera surgir durante la vida del negocio creado en común, así como para
regular de forma eficaz el funcionamiento del mismo, es recomendable la
utilización de una herramienta legal que, sin lugar a dudas, consideramos muy
práctica y tremendamente eficaz, y que, en la mayoría de los casos, solucionan
situaciones problemáticas que por la rigidez y por la limitación de los
estatutos sociales, no pueden ser incluidos en éstos. Nos referimos al denominado “Acuerdo o Pacto de Socios”.
En la elaboración del Pacto
de Socios donde se recogen aquellos aspectos del funcionamiento de la
sociedad y de las necesidades organizativas de sus partícipes la colaboración
de un mediador profesional, permitirá
que la comunicación entre los socios fluya de forma positiva, salvando los obstáculos
que se suelen producir, y favoreciendo la generación de opciones necesarias
para desbloquear las situaciones que se producen en cualquier proceso
negociador.
En
el Pacto de Socios, al ser un
acuerdo privado suscrito entre partes, el mediador
va a facilitar un instrumento de regulación
totalmente flexible y dispositivo, en el cual se permitirá incluir normas y
pautas de funcionamiento que pueden regular, entre otros, la sindicación y el
régimen de transmisión de las participaciones/acciones de la sociedad, el
régimen de mayorías para la adopción de los acuerdos sociales, las obligaciones
de financiación de la sociedad, y también un aspecto preventivo muy importante
como es el establecimiento de protocolos
de resolución de conflictos entre socios, en virtud de los cuales se prevea
el uso previo de la mediación como
alternativa de resolución de los mismos a la vía judicial.
Por
todo lo dicho, entendemos que cualquier
nuevo negocio que se vaya a crear o aquel que ya se encuentre en
funcionamiento, debe tener suscrito un Pacto
de Socios en el que se recojan todas aquellas normas y pactos imprescindibles para un correcto funcionamiento de
la sociedad y la inclusión de la mediación
como herramienta fundamental para solucionar los posibles conflictos futuros
que se puedan producir. Los socios que disponen de este “Pacto”, están poniendo
los cimientos que les puede permitir alcanzar el éxito empresarial.
Jorge Miralles
Socio
en Acordia Mediación
#miempresaAcuerda