En un
entorno económico tan complejo, para las empresas ya sean grandes o
pymes, el disponer de buena asesoría jurídica es un elemento indispensable,
pero aún con el mejor de los equipos legales trabajando codo con codo en el día
a día, e integrados en la visión estratégica de la empresa, hay algo
seguro e inevitable: ¡surgirán conflictos! . No se trata de si una
empresa se enfrentará a un conflicto, sino cuándo y cómo.
Con motivo de
la presentación en la sede de CEIM-CEOE, del
Acuerdo de Colaboración que firmamos desde Acordia Mediación con CEAT Madrid, para la gestión de un CANAL de Resolución de Conflictos, surgieron una serie
de preguntas de los empresarios asistentes respecto al funcionamiento de la
mediación, que por su oportunidad me ha parecido interesante reproducir:
¿Cuándo la mediación es una buena opción para las empresas en
disputa?
La mediación
normalmente se realiza tras una disputa que lleva un tiempo sin resolverse.
Puede iniciarse en cualquier momento, pero sobre todo, cuando las partes en conflicto
comprueban que por sí mismas no encuentran la salida, y reconocen la necesidad
de acudir a un mediador, para salir del bloqueo.
¿Cómo se inicia la mediación?
Nuestra
experiencia es que normalmente es una de las partes, el interesado directamente
o a través de su abogado, quien toma la iniciativa de acudir a Mediación. A
continuación, nos ponemos en contacto con la otra parte, invitándola a
participar en la Mediación, y convocando una reunión conjunta o por separado,
dependiendo de la circunstancia, donde se aborden los detalles del
procedimiento: cuándo, dónde, quién asistirá, que materiales escritos que se
van a solicitar y el costo del proceso.
¿Hay diferencias de coste con un procedimiento judicial?
Una de las
ventajas de la Mediación, que no la única, de acudir a mediación en vez de
litigar, es precisamente la diferencia de coste con
el procedimiento judicial. Y es que recurrir a la Mediación para resolver
conflictos puede llegar a suponer un ahorro para el bolsillo del 77%, según un
informe del Parlamento Europeo.
El ahorro de tiempo de resolución de la disputa
también es sustancial, se pasa de 17 meses por la saturación de los juzgados a
solo dos meses de media en los procesos de mediación.
¿Cómo pueden las partes estar seguras de que cada una está
negociando de buena fe?
Si una de las
partes en conflicto, usa el proceso como, por ejemplo, un medio de descubrir la
información sensible de la otra parte, o como forma de demorar el contencioso,
o por obligación contractual, pero que no hay intención de resolver el caso y solo
se quiere salvar la formalidad del obstáculo contractual, para poder pleitear,
todos estas estrategias se detectan rápidamente, e inmediatamente se suspende
la Mediación, haciendo constar en el Acta , la falta de voluntad de una de las
partes.
La confidencialidad
que exige la ley de mediación hace que ni el mediador, ni las partes, estén
obligados a aportar o declarar la documentación aportada en un procedimiento de
mediación en un juicio. Por tanto, cualquier intento de aprovecharse del
procedimiento de la mediación sería delictivo.
¿Tienen las partes obligación de aceptar las sugerencias del
mediador?
En la
mediación como sabemos, los protagonistas del proceso son las partes en
conflicto, lo cual no significa que los mediadores no podamos hacer sugerencias
que puedan ayudar a desatascar la negociación y resolver la disputa. De hecho
la aportación de nuestra propia experiencia profesional, es un valor que
aportamos para la generación de opciones de solución. Pero en la mediación al
contrario del arbitraje, las partes no están obligadas a aceptar las propuestas
del mediador, por tanto, solo serán recogidas dichas sugerencias si ambas
partes las consideran oportunas.
¿Cómo se pueden prevenir las disputas comerciales?
Como decíamos
al principio, no se trata de si una empresa se enfrentará a un conflicto, sino
cuándo y cómo se va a enfrentar. En previsión de esto que nos va a ocurrir,
nosotros aconsejamos la inclusión en todos los contratos y acuerdos, sean con
clientes, proveedores o partners comerciales, la cláusula de remisión a
mediación, de tal forma que cuando surja un desacuerdo en la interpretación contractual,
el litigio no sea la primera opción.
Otra medida
preventiva que recomendamos a las empresas es que formen a sus equipos
responsables en “Conflict Management”. Tenemos la experiencia de que las
personas que se han seguido estos cursos, tienen una mayor capacidad de evitar
que las disputas se conviertan en conflictos.
¿Qué ocurre si una de las partes incumple el acuerdo?
Cuando se
llega a un acuerdo a través de la Mediación, se redacta un documento que se
firma por ambas partes. Ese documento cuando se eleva a público es ejecutable.
Por tanto, si una parte lo incumple, lo que es raro, la otra parte puede
presentar una demanda ejecutiva ante el tribunal para hacer cumplir el acuerdo
de mediación.
Lo normal,
cuando se produce un incumplimiento es que entremos en contacto con las partes,
para ver si se puede reconducir la situación y evitar siempre que se pueda,
emprender un litigio.
En definitiva, la Mediación para el empresario es un medio eficaz, que
aunque poco conocido, sin embargo ofrece la oportunidad de resolver las
habituales disputas comerciales, de forma ágil, sencilla y regulada por la Ley 5/2012 de Mediación, antes de meterse en
un costoso litigio de consecuencias imprevistas.
Jorge Miralles Andress
Mediador empresarial
Socio en Acordia Mediación
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