Los criterios ambientales, sociales y de gobernanza son cada
vez más relevantes en la selección y gestión de las inversiones, según las declaraciones
de responsables de Gestión de la Cartera de Clientes de fondos de pensiones, que
afirman que cada vez de forma más activa incorporan estos criterios de
sostenibilidad en sus inversiones.
En materia de inversión socialmente responsable existen
numerosas guías y directrices, entre las que cabe destacar los diez principios de la Iniciativa delPacto Mundial de Naciones Unidas, (UNPRI ) ya que son estos los que
especialmente suscriben las gestoras de Fondos de Inversión y SICAV (IIC`s)
sobre cuyas normas basan sus políticas de inversión socialmente
responsables.
En Acordia Mediación
pensamos que en el Primer Principio donde se desarrollan las cuestiones
Ambientales, Sociales y de Gobierno Corporativo (ASG) para el análisis de
inversión y los procesos de toma de decisiones, uno de los criterios de buena
gobernanza de alto interés para las empresas, que supone una aportación de
valor, es la incorporación de los procedimientos
ADR como la Mediación, para la resolución de los conflictos, como
alternativa a la vía judicial.
La resolución de desacuerdos, disputas, conflictos por el
sistema ADR de la Mediación, supone
una reducción importante de los costes
de litigación, una disminución de los tiempos de resolución de las
disputas, el mantenimiento de la confidencialidad sobre los conflictos, y la
posibilidad de mantener las relaciones comerciales y profesionales cuando se
considera primordial.
El compromiso de muchas de las gestoras de fondos de
pensiones de integrar los criterios ASG, además de los demás criterios
financieros tradicionales, en sus procesos toma de decisión a la hora de
invertir está provocando una creciente demanda de productos y servicios que
satisfagan esa necesidad. Es precisamente en este punto donde Acordia Mediación propone a los
gestores un indicador íntimamente relacionado con los criterios ASG y la
rentabilidad, nos referimos al grado de
litigiosidad de las compañía.
El indicador del
grado de litigiosidad, es una expresión cuantificada de cómo afronta la
compañía la resolución de sus
conflictos, que de forma natural se van a producir tanto en su propio
funcionamiento, como en la relación con sus grupos de interés.
Por tanto la utilización de un sistema ADR de Mediación, como es el modelo
aplicado por Acordia Mediación, en diferentes compañías para resolver sus
conflictos como vía alternativa a la vía judicial, permite una reducción significativa
de los pleitos, que se verá representada por un bajo índice de litigiosidad, que se traduce de forma inmediata, como hemos
dicho antes, en una reducción de costes legales, y un acortamiento importante
en los plazos de resolución, que podemos resumir en una eficaz contribución a
la sostenibilidad de la misma.
Si la sostenibilidad corporativa es la capacidad de una
empresa para poder prosperar en un entorno empresarial competitivo, global y
cambiante, creando ventajas competitivas y de valor a largo plazo, estamos
convencidos por la experiencia demostrada de más de 40 años en el mundo anglosajón,
que las empresas que incorporan el sistema ADR
de Mediación en su cultura de
resolución de conflictos, mejoran su capacidad de generar valor para los
accionistas a largo plazo.
Podemos concluir que para los inversores un punto de referencia importante para medir
el desarrollo de las empresas más sostenibles, debe incluir dentro de sus
indicadores para la valoración de una ISR, el
índice de litigiosidad, como expresión de una inversión atractiva que recoge
las dos condiciones necesarias: cumple con criterios ASG y que la aplicación del
sistema ADR de la Mediación es un
elemento que mejora la rentabilidad,
aportando valor a la gobernanza de las compañías, reforzando y garantizando la
sostenibilidad de las mismas.
Jorge Miralles
Socio en Acordia
Mediación